¿ Cómo se debe pagar, si se labora en día feriado?
Trabajo en feriado sin descanso sustitutorio
El trabajo efectuado en los días feriados no laborables sin descanso sustitutorio dará lugar al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada, con una sobretasa de 100%.
Base legal: Articulo 9 ,D.Leg 713
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